El Consejo Nacional de Televisión (CNTV) tomó una determinación drástica tras la emisión del programa de espectáculos «Que te lo digo», transmitido por la señal Zona Latina. El organismo formuló cargos contra las empresas VTR, Telefónica, Claro Comunicaciones y GTD Manquehue, responsables de la distribución de la señal, debido a las declaraciones emitidas por el periodista Sergio Rojas respecto a la dinámica familiar de Rafael Araneda y Marcela Vacarezza.
La controversia se originó durante el análisis de una entrevista concedida por Adriana Vacarezza. En ese espacio, Rojas cuestionó públicamente la motivación detrás de la adopción del hijo menor de la familia y criticó la exposición mediática del niño, vinculando su discurso a juicios sobre la apariencia física y el origen del menor de edad.
El impacto de las declaraciones de Sergio Rojas
Durante la transmisión, el comunicador lanzó duras críticas hacia la pareja, cuestionando la generosidad de los animadores y sugiriendo que la adopción respondía a una necesidad de validación personal. «Para adoptar hay que ser muy generoso, si eres tan generoso ¿No les parece a ustedes que la generosidad debe partir por casa?», señaló Rojas en pantalla.
El periodista fue más allá al referirse a la estética de las imágenes familiares compartidas por los Araneda-Vacarezza, lo que generó un rechazo inmediato en redes sociales y, posteriormente, en el ente regulador. «Me parece que la línea entre tener un hijo porque es un bien para el niño y porque lo tienen para vanagloriarse o para ustedes hacerse cariño a su alma, para sentirse buenos, generosos, es muy delgada», agregó el panelista.
Rojas remató su intervención con una frase que el CNTV consideró particularmente sensible: «Cuando tengo algo lo cuido y no lo expongo. No lo llevo, a un niño que además es de color, vestido de blanco en una familia donde son todos rubios, de unos ojos azules estrepitosos. Cuando veo esa foto me da dolor de guata».
Los argumentos del CNTV para la formulación de cargos
Tras una revisión exhaustiva de los antecedentes, el Consejo determinó que los contenidos emitidos incurrieron en una eventual infracción al correcto funcionamiento de los servicios de televisión. El organismo subrayó que el programa abordó asuntos que carecen de interés general, centrando la discusión en aspectos íntimos de la vida familiar que no debieron ser objeto de escrutinio público de esa manera.
Según el acta del acuerdo, el contenido «dice relación con la dinámica familiar entre dos hermanas adultas y las motivaciones de los adoptantes de un menor de edad, inmiscuyéndose de este modo en aspectos relativos a su vida privada y familiar». El regulador enfatizó que esta acción comprometió «el derecho a la vida privada, honra y a la vida familiar e integridad psíquica de todos los aludidos».
Actualmente, las empresas notificadas se encuentran en el periodo legal para presentar sus descargos y apelar a la medida, mientras el caso reabre el debate sobre los límites de la crítica en los programas de farándula y la protección de los derechos de los menores de edad en los medios de comunicación.
