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    Portada » La crónica roja, otra vez: Corte Suprema acoge recurso de protección contra Canal 13 por difundir imagenes ilegales de imputada
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    La crónica roja, otra vez: Corte Suprema acoge recurso de protección contra Canal 13 por difundir imagenes ilegales de imputada

    El máximo tribunal sentenció que "las grabaciones del operativo realizado por la Brigada Antidroga O.S.7 con sus videocámaras personales de servicio corresponden a un material de uso interno y restringido".
    TVenserioPor TVenserioEnero 18, 20232 minutos de lectura
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    Ya son innumerables los errores editoriales con los que diversos canales de televisión cubren los sucesos de crónica roja. Desde notas en páginas web en donde se habla de casos tenebrosos sin mencionar su procedencia en el titular siendo la mayoría de los casos ocurridos en otros países, y la más grave de todas es la revelación de datos personales sin el consentimiento de las partes.

    Diversas estaciones han tenido que enfrentar severas sanciones de parte del Consejo Nacional de Televisión. Sin embargo un nuevo ilícito involucra a Canal 13.

    Y es que según informa Bio-Bio Chile en base a información del Poder Judicial, la Corte Suprema acogió un recurso de protección en contra de la televisora y Carabineros de Chile tras difundir en un reportaje imagenes ilegales de una imputada.

    El máximo tribunal sentenció que “las grabaciones del operativo realizado por la Brigada Antidroga O.S.7 con sus videocámaras personales de servicio corresponden a un material de uso interno y restringido”.

    ¿Qué dice la legislación al respecto?

    De acuerdo a la resolución, ambas partes transgredieron una Orden General de la mencionada institución, que instruye a los oficiales a no entregar imagenes de grabaciones audiovisuales de detenciones a cualquier persona jurídica, incluyendo medios de comunicación. En general, no se debe ofrecer el material a otros organismos que no sean los debidamente competentes.

    “Su contenido no constituye un registro en los términos de los registros de actuaciones policiales o judiciales con acceso público, ni tampoco fueron utilizadas y exhibidas en juicio oral en lo penal alguno, no apreciándose, en consecuencia, justificación alguna para su entrega al canal de televisión recurrido, el que, por lo demás, atendidas las razones normativas ya expresadas, tampoco estaba facultado para su uso”, agrega el fallo.

    Los delitos a los que se imputan al canal dirigido por Andrónico Luksic y a Carabineros son el “exponer, de manera arbitraria e ilegal, la identidad de la actora, al exhibir el rostro y domicilio de la recurrente en el reportaje individualizado en autos, razón por la cual la presente acción será acogida”.

    Canal 13 Carabineros de Chile Corte Suprema Noticieros Prensa T13
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