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    Una buena por otra mala: CNTV desestima denuncias contra Paulina de Allende-Salazar, pero también las de Neme por insultos a Maite Orsini

    El acta de Calle Mar del Plata de la sesión del pasado 24 de abril mando "a la FIFA" a los denunciantes de ambos casos sucedidos en el polémico matinal de Mega.
    TVenserioPor TVenserioMayo 11, 20234 minutos de lectura
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    Como el chiste: Una buena por otra mala fueron las resoluciones del Consejo Nacional de Televisión (CNTV) respecto a dos denuncias contra el controvertido matinal de Mega “Mucho Gusto”, en su acta de sesión del 24 de abril.

    En dicha instancia, se decidieron desestimar las denuncias contra el lapsus de Paulina de Allende-Salazar, como también los aberrantes insultos del conductor José Antonio Neme contra la diputada Maite Orsini.

    Respecto a esto último, a pesar de que las denuncias hablaban de una clara violencia verbal ejercida por el polémico presentador contra la parlamentaria, en la cual empatizó con la figura de Daniela Aránguiz, quien ha sido blanqueada por todos los medios y portales de farándula pese al daño a la dignidad de la abogada.

    En aquella oportunidad, el diálogo de la discordia fue: “Perdón yo aquí voy a empatizar con Daniela Aránguiz, me da lo mismo. Yo, al “mago” no lo conozco, lo respeto como futbolista, pero voy a hacer un ejercicio súper sensato, y que no tiene que ver con mujer u hombre, sino que a cualquier persona, tú te acuestas conmigo, tuvimos una relación de matrimonio, hay sentimientos comprometidos, recuerdos, y te paras de mi cama y te vas al aeropuerto y te tomas un avión con otra persona, y yo te reviento, o sea, esa es una reacción muy humana lo que tuvo Daniela Aránguiz entonces el otro no tiene por qué venir a reclamar absolutamente nada y la diputada que se vaya a legislar que para eso le paga el Estado”.

    Al respecto, el organismo estimó que dentro de los contenidos analizados “no es posible inferir la existencia de vulneración a la preceptiva constitucional, legal y reglamentaria que regula el contenido de las emisiones de los servicios de televisión, toda vez que la concesionaria, ejerciendo su derecho a la libertad de expresión y de libertad editorial, dio cuenta de un hecho de interés para la audiencia, el que se dio a conocer a raíz de una denuncia entre el matrimonio conformado entre Daniela Aránguiz y Jorge Valdivia, quienes a la fecha se encuentran separados de hecho”.

    “El contexto de los hechos denunciados se enmarcan dentro de un análisis de la emisión de una opinión por parte del conductor, la cual no se podría configurar como una incitación al odio contra la diputada por ser mujer, ya que la misoginia, es además una causa a que puede derivar en violencia contra varias o una mujer en particular, atribuyéndole rasgos de inferioridad a lo femenino, de subordinación o sometimiento de la mujer ante el hombre, quien actuaría en una posición dominante. Los dichos del conductor no podrían configurar estas características referidas, sino que una manifestación de su pensamiento, de su opinión ante ciertos hechos, la cual es por su naturaleza subjetiva”, reza el documento.

    Caso Paulina de Allende-Salazar

    En relación al lapsus de la ex “Informe Especial” de llamar “paco” al Cabo Daniel Palma, quien recordemos fue brutalmente asesinado y que de hecho fue lo más denunciado durante el pasado mes, el ente rector también resolvió desestimar las denuncias.

    Al respecto, el CNTV constató que “la línea editorial de la concesionaria (Megamedia) parece marcada por la intención de realizar una cobertura que, reconociendo la gravedad y el dramatismo de lo ocurrido, fuera mesurada y respetuosa del dolor por la muerte del cabo de Carabineros. De acuerdo con ello, la cobertura se aleja de estridencias y de cualquier intento por explotar el drama y la emocionalidad de los espectadores, a fin de evitar caer en un tratamiento informativo que pudiera considerarse sensacionalista”.

    Junto a ello, expresaron que “no es posible inferir la existencia de vulneración a la preceptiva constitucional, legal y reglamentaria que regula el contenido de las emisiones de los servicios de televisión, razón por la cual constituye un legítimo ejercicio, entre otras, de la libertad de expresión y de la libertad editorial de la concesionaria, y no se aprecian elementos suficientes que permitieran presumir que habrían sido colocados en situación de riesgo alguno de los bienes jurídicos protegidos por la normativa que regula las emisiones de televisión”.

    CNTV Jose Antonio Neme Matinales Mega Mucho Gusto
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